¿Cuánto cuesta el reconocimiento de paternidad?

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Averigua cuánto cuesta la reclamación de paternidad o filiación

Los procedimientos de filiación tienen como objetivo determinar mediante una sentencia la relación paternofilial entre dos personas. Para ello es habitual contar con los servicios de abogados especializados. En esta guía te contamos cuánto cuesta el reconocimiento de paternidad.

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Índice

¿Cuánto cuesta una demanda de paternidad?


Toda relación paternofilial implica una serie de derechos, deberes y obligaciones que tanto los padres como los hijos tienen derecho a reclamar con la ayuda de un abogado especialista.

Los procedimientos de filiación pueden costar entre 900 € y más de 4.000 €, aunque lo más habitual es que los honorarios de los abogados de paternidad oscilen entre 1.000 € y 1.500 €.
Cada caso puede ser distinto y tener particularidades que afecten al precio total del servicio. En este sentido, lo mejor es solicitar los servicios de abogados de familia especializados que puedan ofrecer un cálculo exacto de sus honorarios.

Hay que tener en cuenta que, en estos casos, también suele ser necesario contar con los servicios de un procurador, que contará con sus propios honorarios.
Sobre la cuestión de cuánto tarda una demanda de paternidad, es difícil de decir, ya que puede variar en función de la saturación del juzgado y otras circunstancias. Pero contar con los profesionales adecuados puede ayudar a agilizar el proceso.

Cuánto cuesta el reconocimiento de paternidad

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¿Por qué hace falta asistencia legal en los procedimientos de filiación?


Los procedimientos de paternidad y filiación pueden ser complejos debido a que cada caso puede tener sus particularidades. Los abogados especializados en Derecho de Familia y, concretamente, en este tipo de cuestiones, pueden ofrecer un asesoramiento personalizado sobre:
  • Tipos de filiación: matrimonial, no matrimonial, por adopción, etc.
  • Efectos o consecuencias que puede tener el reconocimiento de la paternidad.
  • Tipos de procedimiento o acciones: reclamación de la paternidad o impugnación de la paternidad.
En cada procedimiento se llevarán a cabo distintos trámites y comprobaciones. En este sentido es importante tener en cuenta el principio de prueba, es decir, la documentación aportada previamente para demostrar la relación entre la madre y el padre del hijo.

A partir de ahí se ha de presentar la demanda, que es algo en lo que también puede ayudar un abogado. Las pruebas pueden ser desde fotografías hasta cartas o correos electrónicos, y son necesarias para que la demanda prospere y para que se pueda celebrar el juicio.
Los procedimientos de filiación o paternidad suelen ser delicados, dado que el resultado de los mismos puede tener consecuencias importantes a nivel de derechos y obligaciones, y el apoyo de un abogado especialista es necesario para resolverlos de la mejor forma posible.

Diferencias entre reclamación e impugnación de paternidad


Ambos procesos están relacionados con el concepto de "filiación", pero obedecen a objetivos distintos:
  • Con la impugnación de paternidad se busca anular dicha filiación. En este caso, se pretende reconocer legalmente que una persona no es el padre o madre de otra.
  • Con la reclamación de paternidad nos encontramos en el caso opuesto: una persona que no tiene reconocida esa relación de maternidad o paternidad con otra busca obtener dicho reconcimiento.
En cualquiera de los casos anteriores es importante recibir la asistencia y apoyo de un buen profesional, y los honorarios de los abogados de paternidad suelen ser similares en ambos procedimientos.

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Dudas frecuentes sobre la reclamación de paternidad


Las cuestiones relacionadas con el reconocimiento de la paternidad pueden suscitar muchas dudas, ya que los procesos suelen ser complejos y se asocian con temas muy delicados.

A continuación intentamos dar respuesta a algunas de las preguntas más habituales.

¿Cómo se determina la filiación de los hijos?


En el artículo 108 del Código Civil se establece que la filiación puede determinarse por naturaleza y por adopción. Además, se especifica que la filiación por naturaleza puede ser matrimonial o no matrimonial. Y todos los tipos de filiación producen los mismos efectos.
¿Cómo influye el tipo de filiación en el reconocimiento de la paternidad? De acuerdo con el Código Civil, se consideran hijos del marido aquellos nacidos después del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a la disolución del mismo. Este es el principio de presunción a favor del matrimonio.
Según el artículo 117, esa presunción puede ser destruida por el marido a través de una declaración auténtica en contrario que se formalice dentro de los seis meses siguientes al conocimiento del parto, siempre que el hijo haya nacido dentro de los 180 días posteriores a la celebración del matrimonio.

Por otra parte, cuando los padres no están casados, la situación es distinta. El padre puede no querer reconocer la paternidad. En cualquier caso, esa filiación puede quedar reconocida por sentencia firme.

En el Título V del Código Civil, que trata de la paternidad y la filiación, se puede consultar la normativa que aplica en estas situaciones. En concreto, el Capítulo II habla de la determinación y prueba de la filiación, y el Capítulo III, de las acciones de filiación (acción de reclamación y acción de impugnación).
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¿Quién puede realizar la reclamación de paternidad?


Hay una serie de situaciones que pueden desencadenar un procedimiento de filiación: el padre desea confirmar su paternidad o reconocer a su hijo, un hijo quiere exigir el reconocimiento de dicha paternidad, etc.

La acción de reclamación de filiación suele corresponder al hijo, al padre o a la madre. Cuando el hijo es menor de edad, normalmente es la madre, como representante legal, quien inicia el procedimiento, e incluso puede intervenir el Ministerio Fiscal.

No obstante, hay aspectos concretos de esta afirmación que pueden variar dependiendo de si hay o no posesión de estado, de si se trata de una filiación matrimonial o no matrimonial y otras cuestiones concretas.
La posesión de estado es aquella situación en la que, pese a que no hay una paternidad reconocida biológicamente, una persona tiene el concepto público de hijo frente a otra: utiliza su apellido, es tratado como un hijo y el círculo cercano lo considera como tal.
En este sentido, cuando no hay posesión de estado, la reclamación de filiación matrimonial puede corresponder tanto al hijo como a la madre o al padre.

Incluso si el hijo fallece antes de que pasen cuatro años desde que adquiera plena capacidad, o en el año posterior al descubrimiento de pruebas sobre la paternidad, la acción de reclamación puede llevarse a cabo por sus herederos.

En cuanto a la reclamación de filiación no matrimonial, corresponde al hijo durante toda su vida, y a sus herederos, según se contempla en la ley, si fallece.

Si los progenitores desconocían la existencia del hijo, también pueden llevar a cabo esa acción de filiación dentro del plazo de un año a contar desde que hayan tenido conocimiento de los hechos.

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¿Para qué sirven las pruebas de paternidad?


Las pruebas biológicas suelen ser clave a la hora de demostrar la filiación, pero hay que tener en cuenta que el supuesto padre o madre no está obligado a hacérselas.

Los honorarios de los abogados pueden incluir la elaboración de los requerimientos para que el progenitor se someta a dichas pruebas, pero no suele incluir el coste de las mismas.

Una prueba de ADN para determinar la paternidad de una persona puede costar entre 200 € y más de 600 €. Dependerá de si se trata de una prueba informativa o de una prueba legal.

¿Qué derechos se obtienen con el reconocimiento de paternidad?


Una vez la paternidad es reconocida, se le puede exigir al progenitor que cumpla con sus deberes y obligaciones.

Si el hijo es menor de edad, esto puede incluir cuestiones como una pensión alimenticia. Por otra parte también se han de tener en cuenta los derechos hereditarios.

¿Qué medidas cautelares se pueden tomar?


Dependiendo de cada caso, se pueden tomar distintas medidas relacionadas con la pensión de alimentos, la administración de los bienes... Normalmente el objetivo de estas medidas es evitar posibles perjuicios en los hijos menores de edad.

Sea como sea, no hay que perder de vista que lo mejor en estos casos es buscar el asesoramiento de un abogado especialista en procedimientos de filiación. Un experto podrá valorar tu caso concreto para ofrecerte la mejor solución.

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