¿Conoces las ayudas del Programa Kit Digital? Si eres autónomo o tienes una microempresa, puedes obtener hasta 3.000 € a fondo perdido para implantar soluciones que te permitan digitalizar tu negocio. En este artículo te contamos cómo se ejerce esta ayuda y cómo se cobra el Kit Digital.
Es importante señalar que la subvención del Kit Digital no la cobran los beneficiarios de la ayuda, sino que se paga directamente a los Agentes Digitalizadores.
Para poder utilizar la ayuda los profesionales y empresas beneficiarias deben seleccionar uno o varios Agentes Digitalizadores Adheridos y formalizar con ellos un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
Recuerda que, como beneficiario de la ayuda, si el coste de la solución digital que escojas supera el importe máximo ofrecido por el Programa Kit Digital, tendrás que asumir esa diferencia y abonarla por tu cuenta.
Los Agentes Digitalizadores cobran la ayuda una vez que justifican la solución que se haya implantado en cada caso. Esa justificación se realiza a través de Red.es en dos fases y, por lo tanto, el cobro también se percibe en dos fases.
El Kit Digital cubre el coste de las soluciones digitales escogidas por los profesionales y empresas beneficiarias de la ayuda, pero el IVA no está subvencionado. ¿Qué quiere decir esto? Que, en la mayoría de los casos, los beneficiarios deben adelantar el IVA de los servicios contratados mediante estas ayudas.
Normalmente, más adelante, en la declaración trimestral, es posible deducir ese IVA. No obstante, para muchos profesionales tener que adelantar ese importe puede suponer un problema.
En estos casos, el beneficiario debe incluir el importe de la factura emitida por el Agente Digitalizador como operación sujeta a inversión del sujeto pasivo. Entonces se calcula el IVA reflejándolo a la vez como IVA devengado y como IVA deducible, compensándose ambos importes y teniendo como resultado un resultado neutral. Todo ello, por supuesto, siempre y cuando se tenga derecho a la deducción total del IVA soportado.
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Índice

¿Cómo se cobra la ayuda del Kit Digital?
Es importante señalar que la subvención del Kit Digital no la cobran los beneficiarios de la ayuda, sino que se paga directamente a los Agentes Digitalizadores.
Para poder utilizar la ayuda los profesionales y empresas beneficiarias deben seleccionar uno o varios Agentes Digitalizadores Adheridos y formalizar con ellos un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
Los Agentes Digitalizadores son quienes reciben el importe del bono digital y, por tanto, son los responsables de gestionar esa cantidad asignada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
¿Cuándo cobra el Agente Digitalizador?
Los Agentes Digitalizadores cobran la ayuda una vez que justifican la solución que se haya implantado en cada caso. Esa justificación se realiza a través de Red.es en dos fases y, por lo tanto, el cobro también se percibe en dos fases.
El primer pago se produce una vez implantada y justificada la solución digital, y supone 70% del coste total del servicio para la mayoría de soluciones de digitalización.
El segundo pago se produce cuando ya han finalizado los 12 meses de prestación del servicio, y supone el 30% restante del coste del servicio.
Hay algunas excepciones en relación con los porcentajes señalados para los pagos:
El segundo pago se produce cuando ya han finalizado los 12 meses de prestación del servicio, y supone el 30% restante del coste del servicio.
- En el caso de solicitar la gestión de redes sociales, el pago se divide entre un 40% en la primera fase y un 60% en la segunda.
- Por otro lado, los porcentajes en el caso del puesto de trabajo seguro son de un 80% para la primera fase y de un 20% para la segunda.
¿Qué ocurre con el IVA?
El Kit Digital cubre el coste de las soluciones digitales escogidas por los profesionales y empresas beneficiarias de la ayuda, pero el IVA no está subvencionado. ¿Qué quiere decir esto? Que, en la mayoría de los casos, los beneficiarios deben adelantar el IVA de los servicios contratados mediante estas ayudas.
Normalmente, más adelante, en la declaración trimestral, es posible deducir ese IVA. No obstante, para muchos profesionales tener que adelantar ese importe puede suponer un problema.
Frente a esto, existe una excepción: cuando se escoge a un Agente Digitalizador con sede en Canarias se puede aplicar la Inversión del Sujeto Pasivo y se evita tener que adelantar el IVA.
Kit Digital: 3000 € en ayudas
¿Eres autónomo o pyme?¡Enhorabuena! Solicita el Kit Digital, una ayuda que ofrece el Gobierno de España con fondos europeos para digitalizar tu negocio.
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Cronoshare no asume ninguna responsabilidad por el tratamiento posterior que los agentes digitalizadores hagan de los datos personales proporcionados a través de nuestro sitio web. La información recopilada será utilizada exclusivamente para conectar a los interesados con agentes digitalizadores registrados en el programa Kit Digital.
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Referencias
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. (2021, 30 de diciembre). Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital). Boletín Oficial del Estado. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21873

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Redacción Cronoshare
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