Facturar sin ser autónomo: ¿Es posible?

¿Tienes dudas sobre cómo facturar sin ser autónomo? Lo más habitual es querer averiguar si es legal o no, y si es posible hacer facturas sin ser autónomo en España. Hoy estás de enhorabuena: vamos a resolver todas tus dudas.
Antes de continuar, ponemos de manifiesto que como ciudadanos debemos respetar las reglas del juego y cumplir con la legalidad vigente.
Este artículo es informativo y se ha confeccionado con ayuda de expertos. Aun así, te recomendamos que acudas a tu asesor de confianza para analizar tu caso.
Sea como sea, te recomendamos que dediques unos minutos a leer el artículo; nos hemos esforzado para dar luz a este tema que preocupa a tantos profesionales en este país.

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Actualización 2021


En el mes de agosto de 2017 el Ministerio de Empleo descalificó a una sociedad cooperativa que prometía poder facturar de manera legal sin tener que darse de alta como autónomo.

La Tesorería General de la Seguridad Social inició una investigación y consideró que los clientes habían mantenido una actividad por cuenta propia durante determinados periodos de tiempo, y no figuraban dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

La consecuencia fue que, a fin de reclamar las cuotas atrasadas, la Tesorería General de la Seguridad Social les dio de alta y de baja automáticamente en esas fechas. Por lo tanto, algunos clientes afectados tuvieron que pagar esas cuotas atrasadas más los intereses de demora. En algunos casos, esta cifra llegó a alcanzar los 3000 euros.

Actualmente se siguen investigando cooperativas de trabajo asociado (también conocidas como cooperativas de facturación) por cuestiones relacionadas con su legalidad, que puede ser dudosa.

En este sentido, queremos aclarar que la información aquí mostrada es un recopilatorio de fuentes externas con un fin informativo. Recomendamos a todos los usuarios que acudan a un asesor de confianza para que analice su caso personalmente.

Os dejamos un link de la plataforma de afectados por las cooperativas de facturación.
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Índice

Casos en los que se necesita facturar sin ser autónomo


Ante una crisis económica que se alarga con los años, y una lenta recuperación económica, se han incentivado trabajos del tipo freelance o esporádicos. Personas que trabajan por cuenta propia y de vez en cuando realizan trabajos para conseguir ingresos extra o un sobresueldo a final de mes.

Los casos típicos en los que una persona necesita facturar sin ser autónomo son:
  • Obtienen ingresos bajos por el trabajo realizado, por lo que no les compensa económicamente darse de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social.
  • Tienen un contrato de trabajo como asalariados en una empresa ajena (pluriactividad del autónomo).
  • Están percibiendo el subsidio por desempleo (también llamado paro).
No obstante puede haber otros casos en los que los profesionales no están dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social como autónomos. Si tienes o vas a tener trabajos complementarios en los que vas a facturar dinero, sin hacerlo bajo el paraguas de la economía sumergida, y sin estar inscrito como autónomo, debes saber que:
Es posible y legal facturar sin ser autónomo en España.
Debes seguir los pasos correctos, ya que puede acarrear multas si no se toman las indicaciones oportunas. En este artículo te contamos todas las claves para actuar dentro de la legalidad, al menos dentro de nuestro conocimiento sobre esta materia.

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¿Se puede facturar sin ser autónomo?


Puedes facturar sin ser autónomo, pero es necesario que se cumplan estos dos requisitos a la vez:
  • Ingresar una cantidad menor al Salario Mínimo Interprofesional (965 € / mes).
  • No realizar la actividad profesional habitualmente.
Te puede asaltar la duda de qué se considera "habitualmente" para la Seguridad Social. En términos generales, y según varias sentencias jurídicas, es posible no darse de alta como autónomo cuando una persona realiza actividades complementarias u ocasionales, que no suponen su medio de vida.

Por lo tanto, si ingresas menos de 965 € al mes y no facturas habitualmente o de forma recurrente, puedes hacer facturas sin ser autónomo.

Cuidado si haces facturas todos los meses y con el mismo importe. La Seguridad Social podría considerar que estás realizando una actividad habitual y recurrente, y podrías tener problemas con la Administración Pública.
Hacienda podría considerarlo como una práctica normal y podrías recibir una sanción o multa por delito. ¿Qué tipo de sanción podrían imputarte? Con alta probabilidad, te tocaría pagar a la Seguridad Social las cuotas mensuales correspondientes, con un recargo del 20%.

Y un aviso importante: si estás cobrando la prestación por desempleo tampoco se puede facturar como autónomo. De lo contrario, te pueden sancionar quitándote el derecho al subsidio.

Más abajo te contamos las formas legales y los procedimientos para poder emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo en la Seguridad Social, según las fuentes consultadas.

Se puede facturar sin ser autónomo


Importe máximo a facturar sin ser autónomo


Ahora que ya sabes que es posible facturar sin ser autónomo en España, la siguiente duda que queremos despejar es cuál es el límite de dinero para facturar sin hacerse autónomo. Para facturar sin estar dado de alta se requiere no facturar en un año completo fiscal el salario mínimo interprofesional (SMI) con los trabajos puntuales. Esta cifra asciende en 2021 a 13.510 euros.

Por lo tanto, si el importe de tu factura o facturas no sobrepasa el Salario Mínimo, entonces no tienes la obligación de darte de alta como autónomo. Eso sí: seguirás teniendo la obligación de declarar tus ingresos y el correspondiente IVA trimestral de tus facturas, siempre que la actividad profesional desarrollada así lo requiera.
En resumen, el límite para facturar sin ser autónomo está fijado en 13.510 € en 2021.
Si facturas menos de 13.510 € en base imponible al año, no tienes la obligación de darte de alta como autónomo, pero sí de declarar tus ingresos y el correspondiente IVA trimestral de tus facturas.

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¿Cuáles son las formas legales de facturar si no eres autónomo?


Hasta ahora, hemos respondido a dos cuestiones clave para saber si es posible emitir facturas sin ser autónomo.
¿Es legal facturar si no soy autónomo?
Sí, es posible facturar sin ser autónomo siempre que cumplas con las condiciones establecidas.
¿Cuánto puedo ingresar o facturar sin ser autónomo?
Hasta un máximo de 13.510 euros anuales.
Ahora, la siguiente cuestión a resolver es: ¿qué formas legales me permiten facturar sin ser autónomo?

No existe una única forma de realizar facturas sin darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos (RETA). Nosotros conocemos dos formas, y las exponemos a continuación.

Lo primero que debes tener claro es que, para que no se considere una actividad habitual, no debes facturar los mismos importes durante varios meses seguidos o durante un periodo recurrente de tiempo.
Recuerda que emitir una serie de facturas puntualmente no es lo mismo que emitir facturas de forma continuada y generar unos ingresos considerables (mayores que el SMI anual).
Las dos formas legales para facturar sin ser autónomo en España son:
  • Darse de alta en una Administración de Hacienda (Hacienda y en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores) con el modelo 037 (el modelo 036 es más complejo de rellenar, sirve para pymes), presentar impuestos cada trimestre, los resúmenes anuales y liquidar el IRPF y el IVA (autoliquidación del IVA y del IRPF trimestrales y anuales).
  • Facturar a través de una cooperativa de trabajo asociado.
Ambas opciones permiten emitir facturas legales en España. Sin embargo, tienen pros y contras que intentaremos aclarar para que cada profesional elija la opción que más le convenga según su situación.

Modalidad 1: Alta en Hacienda (IAE) y presentar IVA e IRPF


Esta fórmula es, a priori, la más compleja para poder facturar y en la que más burocracia nos tocará asumir, aunque también suele acarrear menos preocupaciones por temas legales. Es necesario darse de alta en Hacienda presentando el modelo 037 o 036.
¿Cómo se presenta el modelo 037 de Hacienda? Para presentar el modelo 037 tienes que ir a tu Administración de Hacienda y solicitarlo. También lo puedes presentar online desde la web de la Agencia Tributaria.
Si lo presentas online, necesitarás tener el certificado de firma digital (lo puedes conseguir en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y rellenar el formulario correspondiente. Puedes pedir ayuda a un asesor fiscal.

Aquí tienes la guía que ofrece la Agencia Tributaria para rellenar el modelo 037. ¿Y ya está todo? Ni mucho menos... Acabamos de empezar nuestra "relación" con la Administración Pública. De hecho, deberás cumplir con las obligaciones fiscales como si fueras un autónomo. Esto implica, entre otras cosas:
  • Presentar los impuestos cada trimestre, IVA e IRPF.
  • Presentar anualmente el resumen para liquidar el IVA e IRPF. No es algo sencillo y puede que te cueste al principio, por eso desde Cronoshare te ofrecemos la ayuda de nuestros asesores laborales y asesores fiscales colaboradores. Si no presentas correctamente los impuestos y modelos, te pueden sancionar con una multa de elevados importes.
Con esta modalidad, no es necesario darse de alta como autónomo, aunque, después de facturar y cumplir con tus obligaciones fiscales, tendrás que darte de baja en Hacienda utilizando los mismos modelos de solicitud.

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Consejos para facturar


Si empiezas a facturar bastante pero todavía no estás dado de alta como autónomo, estos consejos podrían serte de ayuda.

Junta todas tus facturas en un solo mes y haz el alta y la baja en la Seguridad Social en ese mismo mes. Esto es algo perfectamente legal.

Tienes que saber que, para hacerlo así, las fechas de las facturas deben ser del mismo mes en que te das de alta y baja. Y recuerda las fechas de las facturas tienen que coincidir en tiempo con las fechas en las que se ha realizado el trabajo o prestado el servicio.
Si sigues teniendo dudas sobre cómo rellenar el formulario 037, puedes hacer clic en la siguiente imagen y accederás a una explicación más detallada:

modelo 037 Hacienda instrucciones

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Modalidad 2: Cooperativas de trabajo asociado para facturar sin ser autónomo


La segunda fórmula para poder emitir facturas a particulares y empresas es hacerlo a través de las cooperativas de trabajo asociado. Durante un tiempo estas cooperativas se convirtieron en una de las opciones al alza para los profesionales que querían facturar sin ser autónomos, aunque actualmente hay cierta polémica al respecto.

¿Cómo funciona una cooperativa de trabajo asociado?


Según la propia web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, una cooperativa de trabajo asociado es:
Aquella que tiene por objeto proporcionar a sus socios puestos de trabajo, mediante su esfuerzo personal y directo, a tiempo parcial o completo, a través de la organización en común de la producción de bienes o servicios para terceros. También podrán contar con socios colaboradores. La relación de los socios trabajadores con la cooperativa es societaria.
La Cooperativa de Trabajo Asociado es una figura jurídica regulada por la Ley de Cooperativas (Ley 27/1999 de 16 de julio). Esto implica que solo se factura la mano de obra o servicios efectuados por los socios trabajadores. No se puede facturar e incluir en la factura gastos o materiales empleados en la prestación del servicio.

Para facturar en una cooperativa de trabajo asociado, el procedimiento es el siguiente:
  1. Ser miembro de la cooperativa. Se ha de pagar una cuota inicial de socio, que varía dependiendo de la cooperativa, pero suele estar entre 30-80 euros.
  2. Las facturas generadas irán a nombre de la cooperativa (no a tu nombre).
  3. Una vez que la factura ha sido emitida, ingresas el dinero a la cooperativa.
  4. La cooperativa te ingresa a ti el importe menos sus gastos de gestión, pagos a la Seguridad Social, Seguro de Responsabilidad Civil, Gestión de Riesgos Laborales, IRPF, etc.
En cada factura que emitas a nombre de la cooperativa, te descontarán del importe facturado el porcentaje correspondiente al IRPF, mínimo un 2%. En función del tipo de actividad que realices, la cooperativa puede aplicar condiciones como contratar un Seguro de Responsabilidad Civil, Gestión de Riesgos Laborales, etc.

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Ventajas de las cooperativas de trabajo asociado


Estas cooperativas de facturación o empresas que facturan por ti se convirtieron en una de la formas de facturar sin darse de alta como autónomo muy empleadas por los profesionales freelance.

Algunos de los beneficios pueden ser:
  • No hay que darse de alta en Hacienda.
  • No hay que presentar ningún modelo (como el modelo 037-036), IVA ni IRPF.
  • Los costes de la Seguridad Social son los días que has trabajado, no el mes entero.
  • Pago de un 2% de IRPF, en vez del 20%.
Hay que tener en cuenta que en el año 2017 se publicó una modificación de la Ley de autónomos o de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

Antes de esta ley existía la esperanza de que se estableciera una cuota progresiva para los autónomos. La idea era que este sistema de cotización se ajustaría a los ingresos reales, suprimiendo la obligación de cotizar (darse de alta como autónomos) para aquellos cuyos ingresos no superasen el SMI (salario mínimo interprofesional).

Sin embargo, aunque la nueva ley incluye la ampliación del primer tramo de la tarifa plana de 60 euros a doce meses, no incorpora ni la supresión de la cuota para ser autónomo si tus ingresos son inferiores al SMI, ni la implantación de una cuota progresiva.

Inconvenientes de las cooperativas de trabajo asociado


Hay que tener en cuenta que, bajo el estatuto de las cooperativas de trabajo asociado, pueden existir cooperativas de facturación que no tienen un objetivo cooperativista real.

Muchas de estas cooperativas siguen en el punto de mira y pueden ser objeto de investigaciones que, a la larga, concluyan con una sanción a los trabajadores, si se considera que estos deberían estar dados de alta en el régimen de autónomos. De hecho, ya existen antecedentes en este sentido.

Antes de escoger una modalidad para ejercer una actividad profesional, incluso si esta es ocasional, conviene acudir a un asesor que pueda estudiar tu caso concreto y recomendarte la mejor manera de proceder, siempre dentro de la legalidad.
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Trabajar y facturar estando en paro


Es posible que a algunos profesionales les surja la oportunidad de trabajar estando en situación de desempleo. Si es tu caso, debes saber que es posible facturar estando en el paro.

¿Cómo es posible? Bueno, hay que seguir un procedimiento para hacerlo de forma correcta y acorde a la ley. Te lo explicamos a continuación:
  • Para empezar, debes seguir los mismos requisitos para facturar sin ser autónomo que ya hemos mencionado: darte de alta en Hacienda (en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores), no superar el SMI con las facturas y presentar los impuestos trimestrales y los informes anuales que correspondan.
  • Además, debes informar al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) del trabajo esporádico que has llevado a cabo, indicando tanto los días trabajados como la cantidad que vas a percibir. Puedes llamar a los teléfonos de información disponibles para informarte sobre cómo debes proceder y qué documentos debes facilitar (factura, alta y baja censal, etc.).

Se tendrán en cuenta los días empleados en llevar a cabo el trabajo para paralizar la prestación por desempleo.

Por otro lado, si crees que vas a tener la oportunidad de emitir más facturas, también existe la opción de convertirte en autónomo y seguir cobrando el paro. De hecho, hay distintas opciones: solicitar la compatibilidad del cobro de la prestación con el comienzo de la actividad profesional (hasta un máximo de 9 meses), solicitar la capitalización del paro (utilizar el dinero pendiente de la prestación para financiar la puesta en marcha de un negocio) o solicitar la suspensión del paro para volver a cobrarlo más adelante.

Sea como sea, has de tener en cuenta que la información que te mostramos es muy genérica. En este sentido, siempre es conveniente acudir a un asesor experto que pueda revisar tu caso concreto para aconsejarte sobre el mejor modo de proceder.

Autónomo con ingresos bajos


Bien por temas de temporalidad en tu sector, bien por una caída de la demanda, o por otros motivos, es posible que en ocasiones no dispongas de suficientes clientes y que tus ingresos como autónomo sean bajos.

De la misma forma, si estás a punto de comenzar tu actividad profesional o si hace poco tiempo que has empezado dicha actividad, tus ingresos pueden ser relativamente bajos, y pagar la cuota de autónomos es un gasto considerable en estas situaciones.

¿Hace poco que tienes tus primeros clientes? ¿Piensas si merece la pena o no hacerse autónomo? Si quieres realizar una actividad profesional de manera autónoma es probable que te hayas planteado estas preguntas.
Hoy en día puedes solicitar la tarifa plana de 60 euros mensuales si cumples el requisito de no haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres, en caso de que anteriormente hayas disfrutado de bonificación). Con esto evitas pagar los casi 300 euros que se pagan mensualmente a la Seguridad Social (si no sabías cuánto se paga de autónomo, ya lo sabes).
Con la nueva ley, se aumentan los 6 meses de esa cuota mensual de 60 euros, a 12 meses. Y, por supuesto, esta cuota se paga independientemente de si tienes ingresos o no.

Uno de los inconvenientes principales es que, una vez dado de alta y habiéndote beneficiado de la tarifa plana, no es posible darse de baja y volver a beneficiarte de ella de un mes para el siguiente; por ejemplo, si durante un mes no vas a facturar.

Detallando algo más la tarifa plana, estas son las bonificaciones en la cuota:
  • Primeros 12 meses: Pagas 60 euros (correspondientes a una reducción del 80 % de la base de 283 €).
  • 12-18 meses: Se reduce la cuota en un 50%, resultando un total de 143 euros.
  • 18-24 meses: Se reduce la cuota en un 30%, y se queda en 200 euros, aproximadamente.
  • 24-36 meses: Se aplica un 30% de bonificación a aquellos nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.
La llamada tarifa plana de autónomo es una reducción de la cuota mensual de autónomos que se ha fijado en 60 €/mes durante 12 meses, si cumples una serie de requisitos. Puedes obtener la información detallada en la web del SEPE.
Sea como sea, y como hemos visto anteriormente, también se puede facturar sin ser autónomo. Aunque es cierto que estar dado de alta como autónomo tiene ventajas, como la posibilidad de deducirte gastos si están relacionados con la actividad y el trabajo desarrollado.

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¿En qué situaciones es más ventajoso facturar sin ser autónomo?


Normalmente se pueden identificar algunas situaciones estándar en las que un profesional puede plantearse si merece la pena hacerse autónomo, si va a tener pocos ingresos mensuales.

A continuación te mostramos un listado de las razones más comunes por las que puede interesar facturar sin ser autónomo:
  • Profesionales que desempeñan una actividad como freelance a tiempo parcial. La ley no permite ser autónomo a tiempo parcial o por horas. Debido a que los ingresos que puedan obtener de esta actividad serán bajos, y a que es probable que tengan otro trabajo remunerado como trabajadores por cuenta ajena, al darse de alta como autónomos serían autónomos en pluriactividad.
  • Autónomos temporales. Profesionales que por la actividad que realizan sólo deben darse de alta unos meses al año.
  • Autónomos con una mala situación económica. Bien por temporalidad del sector o del negocio, por clientes deudores que no pagan como toca, etc.
  • Falsos autónomos. Profesionales que tienen un único cliente que le impone todas las condiciones y que, para trabajar con ellos, le imponen el alta de autónomo para ahorrarse las cuotas de la Seguridad Social.
Recuerda que, aunque puedas acogerte a la tarifa plana de 60 euros durante los primeros meses, es posible que tu negocio no sea viable hasta pasado cierto tiempo.

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¿Facturar sin ser autónomo hasta 3000 euros anuales?


Esta es una cuestión recurrente que muchos profesionales se preguntan. En realidad es un mito que circula en la sociedad.

El origen de esta suposición procede del hecho de que las empresas hacen una declaración anual a Hacienda de proveedores y clientes (Modelo 347) para los que se ha facturado más de 3005,6 €. En esta declaración se incluye el NIF/CIF de las empresas o autónomos que hayan emitido o recibido facturas.

En ocasiones, esto lleva a pensar que, si se factura por debajo de esa cantidad, no hace falta declarar esas facturas. Sin embargo, este modo de proceder va en contra de la legalidad y puede tener serias consecuencias.

Como ciudadanos debemos respetar las reglas del juego y cumplir con la legalidad vigente.

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¿Cuáles son los peligros de facturar si no eres autónomo?


Hemos presentado las dos alternativas mayoritarias para poder facturar sin ser autónomo. Pero siempre hay que realizarlo todo de forma legal para no tener ningún problema con la Seguridad Social y Hacienda.
Aunque facturar sin ser autónomo no tiene por qué acarrear sanciones, han de cumplirse los requisitos para que Hacienda no pueda tomar represalias a través de multas económicas.
Es cierto que el panorama laboral está cambiando rápidamente, y que esto ha llevado a una serie de cambios a la hora de establecer relaciones con nuevos clientes y conseguir trabajos. En algunos casos, los profesionales necesitan nuevas vías para conseguir sobresueldos pero sin estar dados de alta en la Seguridad Social. Es lo que se conoce como trabajo freelance o minijobs.

Si has pensado que puedes facturar de forma ilegal, vete sacando la idea de la cabeza. Tienes que tener en cuenta los riesgos de facturar sin ser autónomo y qué se puede hacer para minimizar esos riesgos.

A continuación puedes ver un resumen de los requisitos indispensables si quieres emitir factura al "modo tradicional", sin ser socio de una cooperativa, evitando problemas legales y con Hacienda.
  • Estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Modelo 037.
  • No sobrepasar al año el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en la suma de los importes de las facturas.
  • No emitir facturas de forma habitual con la misma cantidad de dinero. Hacienda podría considerarlo como una práctica habitual y exigir la cotización a la Seguridad Social, con un recargo del 20%.
Y recuerda que, incluso si cumples con los requisitos exigidos para poder facturar sin ser autónomo, sigue siendo obligatorio presentar a Hacienda trimestralmente el IVA y el IRPF. También los resúmenes anuales de la actividad realizada.

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